Circular 2/2009, de 18 de diciembre, del Banco de España, a sociedades y servicios de tasación homologados, por la que se modifica la Circular 3/1998, de 27 de enero, a las sociedades y servicios de tasación homologados, sobre información a rendir al Banco de España (BOE de 31)
El propósito fundamental de la presente Circular es incorporar diversas mejoras técnicas en la información exigida a las sociedades de tasación. En primer lugar, se estandariza la información requerida sobre sus accionistas, de modo que se ajuste a las necesidades supervisoras y tenga cierta uniformidad en relación con la remitida al Banco de España por las restantes entidades supervisadas.
En segundo término, la Circular adapta los formatos del balance y de la cuenta de pérdidas y ganancias reservados a los cambios contables derivados de la entrada en vigor del Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, y del Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas.
Por último, se adapta el régimen de presentación de la información en el Banco de España, que se hará, salvo casos excepcionales, por medios telemáticos, lo que redundará en una mayor simplicidad en el modo de envío y mayor facilidad de tratamiento de la información por parte del Banco de España.